Quién esté libre de pecado, que tire la primera piedra. Sinceramente es algo que yo no podría hacer. He conducido con chanclas y me gusta. En verano llega el calor, sofocante en muchas zonas de España, y existen pocas cosas tan placenteras como salir en chanclas y en pantalones cortos. El problema es que el calzado es una cuestión importante, e incluso crucial, me atrevería a decir, para nuestra seguridad en la carretera. Y aunque no exista norma expresa que prohiba conducir con chanclas, pero sí de manera indirecta, no hay excusa para ponernos al volante con un calzado inapropiado, ya sea con chanclas, tacones, o unas botas que limitan nuestros movimientos. Como tampoco es excusa que el trayecto sea corto, de la piscina a casa, o por un tramo “sin peligro”, como las calles de nuestra ciudad.
Aunque el Reglamento General de Circulación no establezca expresamente la prohibición de conducir con chanclas, sigue siendo peligroso.
¿Cuándo se convierte en un peligro nuestro calzado? Difícilmente se puede hacer una generalización acerca del calzado. Tal vez por eso en el Reglamento de Circulación no exista una norma expresa que nos lo prohiba. El peligro llega cuando el calzado limita nuestra movilidad, o puede soltarse haciendo que no tengamos margen de reacción para pisar el freno, resbale, o incluso se nos quede enganchado en el pedal.
Es por eso que entra en juego el sentido común. Existen chanclas, de tipo sandalia, con sujeción en el tobillo, que pueden ser tan cómodas y seguras para conducir como unas zapatillas deportivas. El mayor peligro probablemente esté en la típica chancla de piscina, con una única sujeción en los dedos. Quizás no tengamos la impresión de que nuestro pie resbala y se suelta de la chancla, pero por eso hemos de preguntarnos: ¿sería capaz de efectuar una frenada