Desde el Juzgado Contencioso Administrativo número 14 de Madrid nos llega una nueva noticia de una resolución judicial favorable a un conductor, en la que este no solo ha conseguido que su sanción sea atenuada por no haber tenido en consideración los pertinentes márgenes de error, sino también que esta sanción le sea retirada, por completo. El radar en cuestión identificó a este conductor circulando a 73 km/h en un tramo limitado a 50 km/h, un claro exceso de velocidad. Pero al parecer Tráfico no hizo sus deberes, el margen de error no pudo ser acreditado, y la sanción ha sido anulada por el juzgado.
El rigor en la tramitación de las sanciones, el cómputo de los márgenes de error, y el estudio metrológico de los cinemómetros, es esencial para defender la presunción de inocencia del conductor.
¿Por qué son tan importantes los márgenes de error de los radares? Durante los últimos meses el tema de los márgenes de error de los radares ha estado en boca de todos, sobre todo por el hecho de que algunas asociaciones de automovilistas denunciasen que Tráfico no los estaba aplicando correctamente. La importancia de estos márgenes está precisamente en el hecho de que los cinemómetros, los radares que identifican la velocidad a la que circulaba un conductor, gocen de un estrecho margen de error por la tecnología empleada. Al aplicarse un margen de error, holgadamente superior al del aparato, Tráfico puede asegurar que sin duda el conductor ha excedido los límites. En definitiva, esos márgenes están pensados para proteger al conductor, y que solo sea sancionado si de verdad ha superado los límites de velocidad.
Tampoco hemos de olvidarnos de otro aspecto, el de la precisión del aparato. Para ello es necesario que todos los cinemómetros pasen por exhaustivos controles técnicos que aseguren su fiabilidad y