De vez en cuando surgen noticias que, sin ser falsas, ni ser del todo ciertas si no se aporta toda la información necesaria para entenderlas, inundan las redes sociales y generan, sobre todo, desinformación. No es cierto que no puedas beber agua mientras conduces, y sí puedas fumar, aunque sí es cierto que ambas actitudes te pueden costar una multa. Lo importante es entender por qué estas actitudes te pueden costar una multa y eso es algo que no siempre se explica. También es una cuestión de precisión en la normativa y en el Reglamento General de Circulación. Una precisión que no siempre ha de exigirse, puesto que como veremos a continuación ha de dejar suficiente libertad al criterio del agente para decidir cuando una acción es punible, y cuando no. Y una precisión que en otros muchos casos sí echamos en falta. Dicho lo cual, os diré por qué bebo agua mientras conduzco, y lo seguiré haciendo. Y también por qué no está prevista ninguna multa para el hecho de beber mientras se conduce, pero a la vez puede ser motivo de sanción.
En verano, y en lo que concierne a nuestra salud, uno de los consejos más repetidos es precisamente el de beber agua, en las cantidades adecuadas, y frecuentemente. No existe una frecuencia determinada para beber agua, pero incluso la propia Dirección General de Tráfico lo recomienda en sus boletines. En algunos casos, incluso, se habla de cantidades pequeñas hasta alcanzar un ritmo de entre 100 y 150 mililitros cada 20 o 30 minutos. Insistimos en que la frecuencia con la cual debemos beber agua depende de muchos factores, pero sobre todo de la prevención de la deshidratación.
La deshidratación no solo puede generarnos serios problemas de salud y desvanecimientos, sino que también está demostrado afecta a nuestra