Mañana viernes 30 de enero, entra en funcionamiento Madrid Central, el proyecto estrella de la nueva Ordenanza de Movilidad Municipal que restringe el acceso al tráfico en la zona acotada del Distrito Centro, de forma general y salvo excepciones, a aquellos vehículos que no dispongan de etiquetado medioamebiental Cero o Eco.
¿Qué zona comprende Madrid Central? ¿A quién afecta la medida? ¿Quién puede circular en Madrid Central y quién no? ¿Qué excepciones contempla? Te contamos todo lo que, como usuario, debes saber.
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¿Cuál es el área de Madrid Central?
La zona de Madrid Central comprende un área superior a 472 hectáreas que afecta a las calles que se encuentran en el interior de su perímetro.
La zona de Madrid Central estará delimitado al norte por las calles Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta y Génova hasta la plaza de Colón. Por el este baja de Colón hasta la plaza del Emperador Carlos V por el paseo de Recoletos y paseo del Prado. Por su parte, la zona inferior del perímetro quedará enmarcada por las rondas de Atocha, Valencia, Toledo y Segovia para volver a Argüelles por las calles Bailén, Mayor, Princesa y Serrano Jover pasando por plaza de España.
En una primera fase (30 de noviembre – 9 de enero) el control se hará manualmente mediante los agentes de movilidad, a los que los diferentes usuarios deberán aportar la documentación dada en cada caso. A partir del