Mañana mismo, el Gobierno se reunirá y aprobará en el Consejo de Ministros un real decreto que modificará el actual Reglamento General de Circulación. Entre otras modificaciones, este real decreto contempla la reducción a 90 km/h del límite de velocidad en carreteras secundarias. Es la primera de una serie de medidas propuestas por la DGT, a instancias de su histórico director Pere Navarro, que en su momento implantó el carnet por puntos. Esta reducción de la velocidad máxima en carreteras secundarias tiene como objetivo reducir el número de fallecidos en accidentes de tráfico, en aumento desde 2014.
¿Qué límites de velocidad cambian?
El texto que será aprobado reduce la velocidad máxima de turismos y motocicletas a 90 km/h en las carreteras secundarias con más de 1,5 metros de arcén. Estas carreteras tenían hasta ahora un límite de 100 km/h, que los turismos podían rebasar en hasta 20 km/h si estaban efectuando un adelantamiento. El límite de 90 km/h está en línea con la práctica totalidad de países europeos. Esta enmienda al Reglamento General de Circulación afectará a unos 7.000 km de carreteras secundarias en toda España – la red de carreteras nacional tiene en estos momentos 165.000 km, aproximadamente.
En carreteras con separación entre los dos sentidos de circulación sí se mantendrá el límite a 100 km/h, ya que son prácticamente autovías.
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Además, se armoniza el límite de velocidad para camiones, furgonetas y autobuses, que en este tipo de carreteras pasa a ser de 80 km/h. Furgonetas y autobuses podían circular a 90 km/h anteriormente. Pere Navarro cree que contribuirá positivamente a reducir la mortalidad en accidentes de tráfico. De hecho,