Con el verano, las vacaciones, el calor, la ropa más despreocupada y cómoda y los días de playa puede surgir una serie de preguntas que, tranquilo, le surge a muchos conductores, ¿se puede conducir el coche con chanclas? ¿Y descalzo? ¿Y sin camiseta? Si aún no sabes la respuesta, tranquilo, es la hora de acabar con falsos rumores y la desinformación que existe sobre estos hábitos y ver qué dice la DGT al respecto.
Conducir tu coche en chanclas y sin camiseta
Desde la DGT nos advierten de que conducir con chanclas, descalzo o sin camiseta son actos que, como comer o beber mientras conducimos, pueden o no ser motivo de multa pero no lo son por el simple hecho de hacerlo, sino que los agentes de la autoridad nos pueden multar por ello si suponen un peligro para la seguridad de la vía.
El Reglamento General de Circulación deja en manos de los agentes de tráfico el multar o no por usar chanclas o conducir descalzo
Esto nos lleva al Reglamento General de Circulación, a los artículos 3.1 y 17.1, mencionándose en el primero que nuestra forma de conducir debe hacerse con precaución y diligencia para evitar dañarnos o dañar a otros usuarios de la vía, prohibiendo conducir de forma negligente o temeraria y en el segundo, en el artículo 17.1, se establece que los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo.
«El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos,
deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto