En nuestro coche es obligatorio llevar una serie de elementos administrativos, es decir, documentos. Uno de ellos es la pegatina de la ITV – si nuestro coche ya ha tenido que superar alguna inspección técnica – además del permiso de circulación, la ficha técnica y nuestro carnet de conducir. No obstante, existen dudas razonables con el resguardo del seguro, el recibo de haberlo pagado y disponer del mismo. ¿Es obligatorio llevar el resguardo del seguro en el coche? Aunque la respuesta es en estos momentos negativa, existen supuestos en los que debemos acreditar que nuestro seguro está en vigor. En este artículo despejamos todas tus dudas al respecto.
Hasta hace unos años era obligatorio tener en nuestro coche pruebas de que nuestro seguro de responsabilidad civil estaba en orden. Esto se podía hacer con una copia de la póliza, o más habitualmente, con el comprobante bancario del cargo en cuenta de dicha póliza. Como bien sabéis, es obligatorio que todo coche o motocicleta disponga de un seguro para poder circular en carretera abierta, y hasta hace años, la forma que tenían las autoridades de comprobar que todo estaba en orden era pidiéndonos un comprobante. Pero hace apenas unos años, esta obligatoriedad de llevar el resguardo del seguro desapareció.
Circular sin seguro es ilegal y es una conducta muy perseguida por los agentes de tráfico.
¿Me pueden multar por no llevar la pegatina de la ITV? ¿Dónde debo colocarla?
Todo conductor que tenga un coche con más de cuatro años de edad …
Aunque la contratación del seguro sigue siendo obligatoria, desde 2008 existe el llamado Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). Esta base de datos informatizada, gestionada por el Consorcio de Compensación de Seguros, permite a un agente de tráfico consultar rápidamente si un vehículo está asegurado, con solo introducir su matrícula en el fichero.