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Multas por circular con las luces fundidas
¿Y si mis faros son de xenón/LED?
¿Debo llevar bombillas de repuesto?
Conduciendo, es tan importante ver, como lo es ser visto – especialmente de noche en condiciones meteorológicas adversas. Esto sería imposible sin el sistema de alumbrado del coche, cuyo origen es tan antiguo como el del propio automóvil. No solo es obligatorio que todas las luces funcionen para superar con garantías la ITV, puedes ser objeto de sanciones si no circulas con el sistema de iluminación en orden. En este artículo vamos a explicaros qué multas os pueden poner por circular con un faro fundido.
Circular con luces fundidas: multas y dudas al respecto
El marco jurídico – el Reglamento General de Circulación, en su Anexo X – que regula qué luces debe llevar un vehículo, así como cuando debemos llevarlas encendidas.
«Todo vehículo de motor y ciclomotor que circule entre el ocaso y la salida del sol por vías urbanas o interurbanas suficientemente iluminadas, o a cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal Túnel suficientemente iluminados, llevará encendido, además del alumbrado de posición, el alumbrado de corto alcance o de cruce».
Un turismo debe llevar dos luces de cruce, completamente operativas. Lo mismo ocurre con las luces de posición, las luces de freno o los intermitentes. Aunque el artículo se centra en la iluminación de cruce – la más esencial de todas y la que nos permite circular con garantías de noche o en malas condiciones climáticas – podemos ser multados con 200 euros si cualquiera de ellas no funciona adecuadamente. La multa no conlleva retirada de puntos, y puede reducirse a 100 euros si nos acogemos al pronto pago opcional.
La sanción no es de 200 euros por bombilla, se mantiene con independencia de los defectos