Desde hace poco menos de un año, la Policía Foral de Navarra comenzó a utilizar una técnica para reforzar a los radares fijos. Conocida como radares en cascada, consiste en ubicar un dispositivo móvil detrás del fijo. Una práctica que evolucionó posteriormente a los radares anti-frenazo, siendo el principio el mismo, pero colocando el radar móvil antes del fijo.

Pero, ¿es legal este procedimiento nacido para cazar a los que sólo levantan el pie ante un cinemómetro fijo? ¿Deberían ir anunciados y señalizados como ocurre con éstos?

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Ambas técnicas por el momento sólo se están poniendo en práctica en Navarra y su objetivo principal es combatir el exceso de velocidad y que los automovilistas circulen siempre a la velocidad que marca la vía independientemente de los radares.

Y es que es habitual que los conductores disminuyan la velocidad ante un radar fijo, en la mayoría de ocasiones con frenazo incluido, ya sea al ver la señalización o porque conocen su ubicación exacta. Pero, ¿estos dispositivos móviles deben ir anunciados?

Lo que dice la Ley

En el Real Decreto 596/1999, de 16 de abril, que rige el reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley Orgánica 4/1997 y que regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, no se contempla la obligatoriedad de señalizar e informar a los ciudadanos de la ubicación de los radares móviles.

En el Capítulo V de la

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