El estado de alarma decretado por el Gobierno español el pasado 14 de marzo por el coronavirus se verá extendido al menos 15 días más, hasta el 11 de abril, con todas las medidas que ello conlleva. Una de ellas es la suspensión temporal de la atención al público en las Jefaturas de Tráfico y la imposibilidad de realizar citas previas.
En este escenario, el Ministerio del Interior ha dictado una orden por la que se prorroga hasta 60 días naturales la vigencia de los permisos de conducir que caduquen durante el estado de alarma.
También afecta a los permisos extranjeros
La orden, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado, señala que «los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización».
📢 Se prorroga durante 60 días la vigencia de los carnés de conducir que caduquen durante el estado de alarmaAdemás, los permisos de conducción extranjeros, que hay que canjear a los seis meses, siguen siendo válidos #EsteVirusLoParamosUnidos + info https://t.co/oymyB5O65C pic.twitter.com/hRX3hjMc4Q— Ministerio Interior (@interiorgob) March 21, 2020
Es decir, puedes seguir conduciendo con el carnet caducado durante el estado de alarma por coronavirus.
La resolución, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, también afecta a los permisos de conducción extranjeros válidos para conducir en España. La ley establece que estos permisos son válidos durante seis meses desde la llegada a España y que, vencido ese plazo, los conductores extranjeros deben canjear el permiso de su país por uno español.
Ahora, los permisos de conducción extranjeros para los que no haya vencido los seis meses legales siguen siendo válidos