Hace unos días la SER publicó un borrador que recogía la normativa para poner en marcha un escenario mucho más restrictivo en el estado de alarma por la pandemia de coronavirus. El objetivo es restringir aún más la circulación, de forma que los desplazamientos que se realicen sean los relacionados con actividades denominadas esenciales.

En este sentido ya se ha publicado en el BOE el Real Decreto por el que se regula un permiso retribuido recuperable para los asalariados (es decir, por cuenta ajena) que no presten servicios esenciales. La lista de estos servicios ha cambiado ligeramente de la mostrada en el borrador: ya no aparece la actividad aeroespacial o de defensa y se han incorporado los servicios veterinarios.

Los autónomos se quedan fuera (de momento)

El Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, establece las pautas que han de seguir los trabajadores por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, tanto del ámbito público como del privado.

En Motorpasión

En los viajes permitidos durante el estado de alarma podrán ir dos personas en el coche: una por cada fila de asientos

Esto significa que los autónomos se quedan fuera de esta nueva legislación, por lo que no sería de extrañar que pronto tengamos un nuevo Real Decreto que incluya a este sector.

¿Qué es el permiso retribuido recuperable?

Una herramienta que permite que los trabajadores de actividades no consideradas esenciales dejen de trabajar a partir del 30 de marzo y hasta el 9 de abril pero conserven el derecho a la retribución, incluyendo salario base y complementos salariales.

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