Tras la publicación de la Orden TMA/384/2020 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que entró en vigor desde las 00:00 horas de hoy 4 de mayo de 2020, las dudas generadas ante las diferentes circunstancias o combinaciones posibles han sido respondidas o, al menos, las más habituales, como una que, en las 24 últimas horas, ha sido de las más recurrentes como es si hay algún caso en el que no es obligatorio llevar mascarilla cuando se viaja en coche.
Para arrojar luz a las cuestiones más frecuentes, la Administración ha editado una guía sobre el Plan para la transición hacia la Nueva Normalidad amén de un repositorio de supuestos y aclaraciones donde se trata de dar respuesta a las más habituales que conviene leer, analizar y tener en cuenta.
¿Se puede viajar en coche sin mascarilla?
El documento recoge que es responsabilidad de cada persona la autoprotección como medida general para evitar el contagio y propagación del Covid-19 tanto dentro como fuera del domicilio de cada persona.
De esta manera, en lo referente al uso compartido de un vehículo privado, no es obligatorio llevar mascarilla si se trata de un grupo de personas que conviven en la misma unidad familiar o si se trata de otras con ‘contacto físico estrecho habitual’.
De otra parte, se remarca que, en caso de que alguna de las personas que ocupen el vehículo no corresponda a ninguno de los dos colectivos que permiten utilizar un coche sin llevar mascarilla, el uso de esta es obligatorio, como así lo marca la Orden.
Por ejemplo, los miembros de una misma familia que conviven en el mismo domicilio o aquellas personas que tengan un trato físico cercano y recurrente pueden viajar en un mismo coche sin utilizar mascarilla.Por el contrario, si se tratara de varias personas, donde al menos una de ellas no formara parte de la familia o del grupo con contacto habitual, sí que sería necesario cubrir la boca y la nariz con la mascarilla.
Este caso es el que podría darse en un taxi o en un VTC donde, por ejemplo, viajara una pareja de personas convivientes junto con el conductor, entonces, a pesar de que los viajeros de las plazas traseras forman parte de los casos recogidos, la participación en el mismo de un tercero, ajeno a los dos anteriores, obligaría a todos a utilizar mascarillas.
Sin mascarilla pero alejados el máximo posible
De igual manera, la guía recuerda que la fila delantera solo puede ser ocupada por el conductor, lo que inhabilita la plaza de acompañante de éste. Solo se podrá viajar junto a él en vehículos con una sola fila de butacas.
A partir de aquí, la norma regula que, con independencia de la naturaleza de la relación entre personas, bien sea próxima o no, se deberá dejar una distancia máxima entre los ocupantes que compartan una misma fila, dejando, si es posible, el asiento central o, al menos, alejándose el máximo posible.
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