Las personas que convivan en una casa podrán ocupar todas las plazas del coche a partir de mañana, lunes 11 de mayo. Mañana entra en vigor la Orden Ministerial TMA 400/2020, que modifica la TMA/384/2020, es decir, la Orden que establecía el criterio de dos personas por asiento y otros aspectos. Esta modificación entra en vigor en España con independencia de la fase de desescalada en la que se encuentre cada territorio.
Se establece también una novedad en cuanto a taxis, furgonetas y autobuses, y por primera vez desde que se declaró el estado de alarma, hay una disposición explícita para las motocicletas, ciclomotores y vehículos de la categoría L en general: vehículos de dos y tres ruedas, así como cuatriciclos ligeros (conocidos popularmente como coches sin carnet y cuatriciclos.
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Ocupación de plazas en transporte privado
Coches con personas que conviven. En vehículos de hasta nueve plazas destinados al transporte particular y privado complementario, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todos los ocupantes residan en el mismo domicilio. En este supuesto, no será necesario el uso de mascarilla.
Coches con personas que no conviven. En el mismo tipo de vehículos, pero «cuando no todas [las personas] convivan en el mismo domicilio», se mantendrá la disposición vigente hasta ahora, permitiendo así que viajen dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima