No por ser habitual, una práctica extendida tiene que ser legal. Tampoco el desconocimiento de la norma exime de su cumplimiento por eso te advertimos desde el inicio: no se puede poner el cartel de ‘Se vende’ en un coche.
Así que, si tienes tu coche en venta, estacionado en vía pública y con un llamativo letrero anunciando que te desprendes de él mediante su venta, es posible que te la juegues y, en vez de sacar un dinero por él, te caiga una multa.
Por eso, tienes dos opciones, o quitarlo y buscar otra alternativa para evitar sustos o dejarlo y dejar en manos de la diosa Fortuna que decida la del mismo.
¿Por qué no se puede poner un cartel de «Se Vende» en un coche que circula?
Por varios motivos.
El primero recae sobre la normativa que recoge el estado y acondicionamiento de los vehículos que circulan que recoge que los cristales del coche deben estar libres de cualquier tipo de elemento que reduzca sensiblemente la visibilidad de ellos.
Es decir que poner un letrero de ‘Se Vende’ en el coche, a menos que sea del tamaño de la obligatoria pegatina de la ITV, podría suponer una reducción del campo de visión y, por ello, un motivo por el que podrían multar a su usuario.
La multa por llevar el cartel con la información sobre la venta del coche es de hasta 200 euros y, a pesar de considerarse una infracción grave, no resta puntos del carnet de conducir.
Respecto a si es posible que te multen por dejar el coche en la calle, estacionado, con un letrero que avisa de su venta cabe la posibilidad que la ordenanza local recoja o no instrucciones sobre estos supuestos.
En el caso de que las leyes locales establezcan normas sobre la publicidad en vía pública o no así como el uso de las calles del municipio para tal fin, cabe la posibilidad que poner un cartel de ‘Se Vende’ en un coche se considere un acto publicitario no autorizado, susceptible de ser denunciado y multado.
Otro supuesto podría considerar que vender un coche en la calle podría compararse a un acto de venta ambulante si se demuestra este hecho, igualmente sancionable según las leyes locales.
¿Coche a la venta o coche abandonado?
Otro de los supuestos que puede acarrear una multa por parte de los agentes de la policía municipal o de la Guardia Civil es comprobar que un vehículo se mantenga aparcado más días del periodo permitido y establecido por las ordenanzas municipales.
Así, por ejemplo, como referencia, el municipio de Madrid establece un periodo máximo de hasta 5 días aparcado siendo consecutivos, de los cuales solo computan los hábiles, en el mismo lugar.
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