La Dirección General de Tráfico ha tomado cartas por fin en el asunto de los patinetes eléctricos. A través del nuevo Real Decreto 970/2020 por el que se modifica el Reglamento de Circulación los vehículos de movilidad personal (VMP) ya tendrán una normativa específica, y no ha gustado a todo el mundo.
Los cambios en materia de Tráfico que atañen a los VMP no son pocos como ya hemos explicado, y entre ellos está la documentación necesaria que deberán portar, pero ¿de qué se trata? Vamos a explicarlo.
La documentación obligatoria para los VMP, en código QR
Si bien la DGT no va a exigir que los patinetes eléctricos y el resto de VMP no requieran ningún tipo de formación o licencia, ni matrícula, ni que tengan un seguro (aunque no se descarta en un futuro), sí que se les va a requerir que lleven una documentación mínima obligatoria.
En Motorpasión
17 síntomas con los que sabes ver claramente que estás ante una mala película de coches
Los usuarios de patinetes eléctricos tendrán que disponer de un certificado de circulación en el que se refleje que tienen los requisitos técnicos mínimos necesarios para su uso en vías públicas. Una documentación que no se exigirá de manera inmediata sino que se definirá durante los próximos meses mediante una resolución y que empezará a pedirse 24 meses después