La DGT, a través de las declaraciones de la subsebretaria del Ministerio del Interior, Isabel Goicoechea, en la Comisión de Seguridad Vial en el Congreso, confirma que aparcar en una plaza reservada a minusválidos no estará sancionado con la pérdida de puntos en la nueva reforma de la Ley de Tráfico, a pesar de las peticiones efectuadas por diversos colectivos desde hace años.
Aparcar en una plaza reservada a personas con movilidad reducida seguirá suponiendo una multa de 200 €.
Que estacionar en dichos aparcamientos suponga la detracción de puntos es una de las medidas históricas más demandadas por los diversos colectivos de personas con movilidad reducida. De hecho, hace dos años CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad), con motivo de una futura reforma de la susodicha ley, ya demandó esta medida con el objetivo de que una infracción más seria disuadiera con mayor efectividad conductas tan incívicas e irrespetuosas como ocupar sin motivo un aparcamiento reservado a minusválidos, pues recordemos, actualmente la multa por ello es de 200 €, la cual se ve reducida a la mitad acogiéndose al llamado pronto pago, y eso siempre que «pillen» al infractor, ya que en la mayoría de los casos reina la impunidad.
Lo cierto es que estos aparcamientos están destinados a personas con movilidad reducida por razones bien fundadas, ya sean conductores o pasajeros. Se tratan de personas que por algún tipo de problema físico necesitan hacer uso de elementos ortopédicos como una silla de ruedas, muletas y andadores, y que en la mayoría de los casos se traduce en la necesidad de un espacio extra para poder acceder al vehículo, el cual no existe en una plaza común, siendo este el motivo por el que cuentan con una tarjeta acreditativa que les permite usar estos aparcamientos reservados. Además, estos aparcamientos