Datos revisados a fecha 10 de mayo de 2021.
Tras el fin del estado de alarma el pasado domingo 9 de mayo, todas las Comunidades Autónomas han levantado el cierre perimetral de su territorio. No obstante, hay regiones que mantienen el perimetraje en algunos municipios o zonas de elevada incidencia, y otras el toque de queda nocturno.
Hay que recordar que el estado de alarma servía de aval jurídico para que los gobiernos autonómicos aplicarán restricciones de movilidad, como el cierre de la totalidad de la comunidad o los toques de queda en las horas nocturnas.
Ahora las comunidades quedan únicamente amparadas en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que según su artículo tercero permite a las comunidades «adoptar las medidas oportunas» y que «consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible», que es tan amplia como ambigua para la adopción de restricciones de movilidad.
De esta manera, la imposición de este tipo de medidas queda supeditada al aval de la justicia: es decir, que debe contar con la aprobación de cada uno de los tribunales superiores autonómicos.
Sin embargo, el Gobierno, mediante decreto, ha modificado la ley