No llevar el cinturón de seguridad abrochado en un coche – a no ser que sea por un motivo excepcional recogido en el Reglamento General de Circulación – no te convierte en un rebelde. Te convierte en un verdadero descerebrado, por decirlo suavemente. El cinturón de seguridad es el mecanismo de seguridad más efectivo del coche, tanto para el conductor como para sus pasajeros. No llevarlo puesto es una temeridad, y por supuesto, no llevarlo abrochado conlleva una cuantiosa multa. Una multa de la que te debes avergonzar. La multa que jamás deberían ponerte.
¿Cual es la multa por no llevar cinturón de seguridad?
La obligatoriedad de llevar el cinturón de seguridad abrochado está recogida en el Artículo 116 del Reglamento General de Circulación, a continuación detallado:
Artículo 116. Obligatoriedad de su uso y excepciones.
1. Los conductores y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los casos y condiciones que se determinan en este capítulo y en las normas reguladoras de los vehículos, con las excepciones que igualmente se fijan en dicho capítulo, de acuerdo con las recomendaciones internacionales en la materia y atendiendo a las especiales condiciones de los conductores discapacitados.
2. Las infracciones a las normas de utilización de los cinturones de seguridad, el casco y otros dispositivos de seguridad de uso obligatorio previstos en este capítulo tendrán la consideración de graves, conforme se establece en el artículo 65.4.h) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
El uso del cinturón de seguridad es absolutamente obligatorio para todos los pasajeros del coche, en cualquier espacio no privado. No llevarlo abrochado es una sanción tipificada como grave, y no solo conlleva una sanción económica de 200 euros, supone la pérdida