¿Sabes que saltarse un STOP tiene multa? Saltarse un STOP es una de las sanciones más graves reflejadas en Reglamento General de Conductores, pero además es una de las más habituales. Como seguro que sabes e incluso puedes comprobar a diario, las carreteras españolas están repletas de zonas con poca visibilidad, así como multitud de intersecciones e incorporaciones que necesitan una extrema precaución.
Con el objetivo de reducir al máximo el peligro, la existen las señales de STOP. Esta señal octogonal con el fondo rojo y letras blancas indica que se debe «detener el vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulan por la vía a la que se aproxime». Nunca será suficiente aminorar la marcha o hacer el amago de parar, es necesario detener el vehículo completamente.
Saltarse un STOP, ¿qué multa tiene?
Son muchos los conductores que no hacen los STOP de forma correcta, pensando que lo han respetado y en realidad no lo han hecho. Si por ejemplo, te encuentras en una intersección con giro a la izquierda para entrar en una urbanización, deberás pararte, por completo, en el STOP pintado en la calzada o respetar la señal vertical, una vez parado, señalizar el giro y asegurarte de que no viene ningún vehículo de frente antes de comenzar la marcha.
En muchas ocasiones, en vez de realizar la maniobra de dicha forma, como hay buena visibilidad y no hay vehículos en sentido contraria, se aminora la marcha, no se para y directamente se gira invadiendo el carril contrario por completo. Esto es una práctica incorrecta con la que te pueden sancionar con una multa grave.
La sanción por saltarse una señal de STOP resultante de la denuncia de un agente de tráfico está considerada como falta grave. La multa económica asciende a 200 euros y cuenta también con la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir. La multa económica se puede reducir al 50% si se paga en el plazo establecido de 20 días tras la notificación de la multa. Si recurres la multa, no podrás beneficiarte de dicha reducción.
Saltarse un STOP es una de las infracciones de tráfico que hace obligatorio la necesidad de identificar al conductor cuando la denuncia no se ha notificado en el acto. La Administración solicitará al titular del vehículo que aporte la identidad del conductor, si no se identifica, el titular cometerá una infracción que «será el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó si es infracción leve y el triple si es infracción grave o muy grave», tal y como se puede leer en el Artículo 80.b de la Ley de Seguridad Vial. Por tanto, el titular tendría que pagar 600 euros de multa por saltarse un STOP y no identificar al conductor.