2021 está siendo un año de cambios a todos los niveles y por eso la normativa de sistemas de retención infantil no podía ser menos. Este año ha entrado en vigor la nueva normativa i-Size, ECE R-129. Hasta el momento, esta normativa ha estado conviviendo con la ECE R44/04 que entró en vigor en 1982. Con la nueva normativa i-Size se busca facilitar la elección y colocación de los sistemas en los automóviles.
La normativa i-Size divide a los sistemas de retención infantil en intervalos que varían en función de la altura y el peso del niño. Hasta los 15 meses, solamente se podrán homologar sillas i-Size que vayan a contramarcha con el objetivo de minimizar las lesiones en el cuello en caso de accidente. Para poder facilitar la aplicación de esta normativa, los fabricantes de coches han establecido unas dimensiones mínimas para loa asientos. No obstante, las nuevas sillas i-Size solamente se pueden fijar al vehículo mediante isofix para evitar posibles errores a la hora de colocar el sistema con los cinturones del vehículos.
¿Cuándo se debe utilizar un Sistema de Retención Infantil?
La respuesta es siempre y es que la normativa obliga a que todos los niños que midan menos de 1.35 utilicen uno de estos sistemas en las plazas traseras. Solo existen dos casos en los que se pueden instalar en las plazas delanteras:
- Vehículos biplaza o furgonetas
- Si todos los asientos traseros están ocupados por otros tres niños con SRI respectivamente.
En el caso de que se tenga que instalar un SRI en las plazas delanteras, es obligatorio desconectar el airbag del pasajero si la silla va a contramarcha. Si la silla va en el sentido de la marcha, el airbag deberá estar conectado. Una vez que el niño supera los 1.35 puede utilizar el cinturón pero es recomendable que siga utilizando SRI con respaldo hasta que mida 1.50.
¿Cómo elegir el sistema de retención adecuado?
Las sillas homologadas para la nueva normativa i-Size son más seguras y más fáciles de montar, aunque solo se pueden colocar en vehículos que tengan isofix. Según la nueva normativa ECE R-129, la clasificación se hace por alturas:
- 40 a 85 cm, instalación a contramarcha: equivalente al Grupo O.
- 45 a 105 cm, instalación a contramarcha o marcha: equivalente al Grupo 0+/1.
- 100 a 150 cm, instalación en sentido de la marcha: equivalente al Grupo II/III.
El Sistema de Retención Infantil debe ir colocado, siempre que el vehículo lo permita, en la plaza central trasera ya que se encuentra más alejada de los laterales y, por lo tanto, de los golpes laterales. En el caso de que no tenga isofix en dicha plaza, tendrá que colocarse detrás del asiento del copiloto por estos motivos:
- Mayor visión por parte del conductor.
- Facilidad para montar y bajar al niño, siempre quedará al lado de la acera.
- En vías de doble sentido o rotonda, el golpe puede venir por el lado del conductor.
¿Qué sucede con los SRI de la anterior normativa?
Las sillas homologadas por la normativa ECE R44/04 se pueden seguir utilizando. Aún no se ha puesto una fecha límite para desaconsejar su uso. De forma general, los fabricantes de sistemas de retención infantil no han establecido una caducidad para las sillas infantiles pero hablan de una vida útil de entre cinco y diez años. La European Nursery Products Confederation ha establecido estos criterios:
- «En las sillas de los grupos 0, 0+ y I así como aquellas usadas a contramarcha según la norma i-Size, se estima una vida útil de siete años desde que se usa por primera vez».
- «El resto de Grupos II y III así como sillas i-Size para mayores, la vida útil se estima en diez años».
Si aún tienes dudas, te dejamos el informe completo que ha elaborado el RACE y ha examinado 29 modelos de sistemas de retención infantil.