En estas fechas de buen tiempo y vacaciones es muy frecuente encontrarse a ciclistas cuando circulamos por carreteras secundarias y de doble sentido, situación en la que frecuentemente surge la duda de si está permitido adelantar a un ciclista en línea continua o en prohibido adelantar. Pues bien, la DGT ha dado respuesta a ello a través de su cuenta oficial en Twitter.
Así pues, la respuesta es que sí está permitido adelantar a un ciclista o un grupo de ellos en prohibido, siempre y cuando se mantenga una separación lateral mínima de 1,5 metros y no se ponga en riesgo a ningún usuario de la vía. Esto quiere decir que a la hora de emprender este tipo de adelantamiento es preciso tener la suficiente visibilidad para estar seguro que no se acerca ningún otro conductor en sentido contrario, por lo que nunca deberías adelantar a un ciclista en lugares como un cambio de rasante o una curva muy cerrada.
Asimismo, como recomendación general en cualquier adelantamiento a ciclistas, es aconsejable invadir completamente el carril contiguo y así aumentar esa distancia de seguridad, además de reducir la velocidad para no crear ninguna ráfaga de viento que puede desestabilizarlo. Igualmente, no hagas uso del claxon, pues el ciclista podría asustarse (causa un estruendo inesperado) y caer.
Con adelantamiento prohibido, está permitido adelantar a un ciclista -o a un grupo- ocupando todo o parte del carril contrario
Siempre que no se ponga en riesgo a otros usuarios Dejando una separación lateral mínima de 1,5 m
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— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) August 20, 2021
Entre las excepciones para adelantar en prohibido no se encuentran los tractores
Pero no sólo a los ciclistas se pueden adelantar en prohibido, sino que el artículo 88 del Reglamento General de Circulación también contempla otras situaciones en las que esta maniobra