Los excesos de velocidad, junto a las distracciones, es uno de los principales frentes a combatir por la DGT. Y es que sigue siendo una de las causas más habituales en accidentes de tráfico: según el último balance la de DGT fue la tercera (un 25 % de los siniestros), solo por detrás de las distracciones (31 %) y el consumo de alcohol o drogas al volante (27 %).
Por su tipología, y a diferencia de otras infracciones, cuenta con un abanico más amplio de multas y resta de puntos del carnet, que depende de en cuánto se haya excedido el límite de la vía. Los mismos oscilan entre los 100 y los 600 euros o entre los cero y seis puntos respectivamente.
De igual manera, también hay excesos de velocidad que pueden ser considerados delito contra la seguridad del tráfico, lo que apareja a su vez penas de cárcel o la retirada del permiso de conducir, entre otros.
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A qué velocidad hay que circular
Primeramente, debemos tener claro cuáles son los límites de velocidad genéricos, que varían según el tipo de vía y, en caso de las vías rápidas y las interurbanas, también