Un juzgado de Madrid ha anulado una multa de 200 euros impuesta al propietario de un vehículo que se encontraba aparcado en la vía pública sin tener la ITV en vigor. La sentencia se basa en que en la normativa vigente no está tipificado como infracción no someter un vehículo a la ITV periódica en el plazo debido, sino el hecho de circular sin ella.
Este caso, que se inició con la formulación de la denuncia por parte de la Policía Municipal de Madrid, podría sentar precedente. Y es que solo en los dos últimos años, la DGT ha impuesto más de un millón de multas por no pasar la ITV y asegura que en la actualidad, prácticamente uno de cada dos vehículos que acude a las estaciones de ITV tiene la inspección caducada.
Una sentencia que podría sentar precedente
Tras recibir la multa por «no haberse sometido el vehículo reseñado a la inspección técnica periódica establecida reglamentariamente», el propietario del vehículo presentó alegaciones para recurrirla.
En Motorpasión
Cuánto margen tengo para pasar la ITV a partir del día exacto en el que caduca
Como las infracciones relativas a las condiciones técnicas de los vehículos y al seguro obligatorio están excluidas de la competencia municipal, el Jefe provincial de Tráfico