Un anteproyecto de ley presentado por el Gobierno hizo saltar las alarmas respecto a la tributación de las indemnizaciones a las víctimas de siniestros viales.
Pero el Ejecutivo de Pedro Sánchez ha aclarado que las indemnizaciones que perciben las víctimas de accidentes de tráfico «seguirán exentas en la misma medida y con las mismas condiciones que reconoce la normativa actual», según recoge Europa Press.
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En este sentido, la modificación que se incluye en el anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia no supondrá añadir un tercero neutral en el caso de acuerdos amistosos ni tampoco elevar el acuerdo a escritura pública.
Es decir, que las indemnizaciones de los accidentes de tráfico se mantienen igual que hasta ahora.
Qué dice la ley sobre la tributación de las indemnizaciones
El artículo 7.D de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, especifica que estarán exentas las siguientes rentas:
d) Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.
Y añade que:
Igualmente estarán exentas las indemnizaciones por idéntico tipo de daños derivadas de contratos de seguro de accidentes, salvo