Las próximas festividades de Semana Santa serán especiales, sobre todo por el mayor número de desplazamientos que se prevén. Pero también porque será la prueba de fuego para la reciente reforma de la Ley de Tráfico, la cual elimina el margen de 20 km/h para los adelantamientos en carretera.

Por ello, para evitar que un radar pueda estropearte los planes vacacionales es bueno recordar cuáles son, según la Guardia Civil, los márgenes de velocidad que todavía permiten estos dispositivos.

Una regla del 7

Si bien ningún radar de los presentes en España ‘salta’ exactamente a las velocidades que nos marcan los límites de las vías, sí trabajan con unos márgenes de funcionamiento estandarizados.

Según la fórmula publicada por la GC, si ese límite es inferior a 100 km/h el radar nos ‘cazará’ si circulamos a 7 km/h por encima del mismo. Es decir, que en una carretera limitada a 90 km/h, el radar se activa a partir de los 97 km/h.
¿Sabes a qué #velocidad real te denunciará un radar?➡️Hasta 100 km/h, suma 7 km/h➡️Por encima de 100 km/h, suma el 7%.Recuerda, #LaCarreteraNoEsUnCircuito pic.twitter.com/ffLfG28XH4— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) February 9, 2019

En cambio, si el límite fijado para la vía supera los 100 km/h se añade un margen del 7%, superado el cual saldremos irremediablemente en la foto. En la práctica este 7% sólo se aplica en autopistas y autovías, para las cuales su límite de 120 km/h nos deja un margen de tranquilidad hasta (aproximadamente) los 128 km/h.

Por encima del margen, siguen las sanciones

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Únete a Naomi Ellis mientras se adentra en las vidas extraordinarias que dieron forma a la historia. Su calidez y perspicacia convierten biografías complejas en historias identificables que inspiran y educan.

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