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A todos nos gusta llevar el coche de una manera bien vistosa y con elementos que realcen su imagen. Alguno de esos elementos que incluímos en la carrocería pueden colocarse sin problemas y no necesitan homologación. Por ejemplo, colocar un embellecedor en los espejos retrovisores o colocar la baca sobre los rieles que están presentes en el coche por el fabricante no requieren ningún paso extra.

Pero hay cambios, sustituciones y modificaciones que necesitan que el coche pase por la ITV para obtener la homologación. Esto ha de hacerse incluso si el coche tiene la ITV en vigor. Los técnicos tienen que valorar que las modificaciones cumplen con la legislación vigente y pueden utilizarse en el vehículo sin problemas.

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Esto es importante, así que hay que saber qué elementos se pueden realizar sin necesidad de obtener la homologación y en cuál existe la obligatoriedad de pasar por ella para homologarlas. Estos son los cambios que implican el paso por la estación y su revisión por parte de los técnicos:

  • Neumáticos: Hay que pasar por la ITV cuando se realice la instalación de neumáticos no equivalentes, es decir, cuando la diferencia de dimensiones entre el neumático instalado y el original excedan de la tolerancia (3%) o el índice de carga o velocidad sea inferior al original.
  • Carrocería: La sustitución o instalación de elementos en la carrocería del vehículo por otros distintos se considera reforma. Por ese motivo, tanto el paragolpes delantero como el capó tienen la mayor parte de la responsabilidad del correcto comportamiento del vehículo, si se produce un impacto o un atropello, así que cualquier modificación de estos elementos hará necesaria una homologación.
  • Centralita del motor: Si se realiza una modificación de la centralita electrónica que controla el motor se considera reforma porque se cambian las prestaciones del vehículo y se modifican las emisiones contaminantes del vehículo.
  • Iluminación: Modificar la iluminación, sustituyendo la tecnología utilizada de fábrica se considerar una reforma. Sin embargo, no se considera modificación la sustitución de grupos ópticos completos laterales o traseros con tecnología halógena por otros con tecnología LED debidamente homologados y situados en el emplazamiento original del vehículo.
  • Enganche de remolque: La instalación de este elemento se considera reforma por lo que se debe de legalizar. Sin embargo, si se elimina no es necesario volver a pasar la inspección.
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Las consecuencias de no pasar por estas revisiones y autorizaciones conlleva que no pueda pasar la ITV. Además, lleva asociada una sanción de 500 euros y estos elementos no homologados no están cubiertos por la póliza del seguro. Así que, si se intenta realizar una modificación que represente un cambio importante, hay que visitar la ITV y pasar por los trámites correspondientes para conseguir la homologación.

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Únete a Naomi Ellis mientras se adentra en las vidas extraordinarias que dieron forma a la historia. Su calidez y perspicacia convierten biografías complejas en historias identificables que inspiran y educan.

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