No es lo mismo adelantar indebidamente por la derecha que rebasar: por ello la DGT considera el primer caso como infracción, y por tanto lo multa, pero no lo hace en caso de que estemos rebasando.
En definitiva, en determinadas situaciones, sí está permitido superar a otros coches y vehículos por un carril situado más a la derecha, las cuales dependen del tipo de vía o del estado del tráfico.
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Adelantamientos prohibidos: cuándo dice la normativa que no se puede adelantar en carretera convencional o autovía
Adelantar por la derecha está prohibido, pese al síndrome del carril izquierdo
La normativa estipula que, en general, se debe adelantar por la izquierda. Así lo recoge el Reglamento General de Circulación en su Artículo 82.1:
«En todas las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, como norma general, el adelantamiento deberá efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretende adelantar».
No obstante, esto se aplica esencialmente en vías rápidas de alta capacidad, con más de un carril por sentido, así como en convencionales que dispongan de varios carriles en una misma dirección. Y es que precisamente las vías urbanas están entre las excepciones como veremos más adelante.
Es decir, que por norma no se