Las multas de Tráfico de la DGT cuentan con una serie de plazos para abonarlas: de no hacerlo en el periodo estipulado, supondrá un recargo sobre la cuantía.
Además, también existe un plazo para presentar alegaciones o recurrirla y hay ciertas infracciones que no permiten beneficiarse del pronto pago. Repasamos todo lo que necesitas saber.
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Plazos para pagar una multa
Desde el momento que se hace efectiva la notificación, comienzan a contar una serie de plazos: el voluntario, el ordinario y el posterior con recargo. Las sanciones de tráfico pueden abonarse online (incluso sin clave o certificado), desde la app MiDGT, por teléfono o de forma presencial.
¿Y cuándo entiende la DGT que se nos ha notificado la sanción? En el caso de las notificaciones postales, cuando se realiza la firma de entrega al cartero.
En el caso de estar dados de alta en el buzón electrónico de la DGT (Dirección Electrónica Vial o DEV), desde que nos descargamos la notificación. El plazo es de 10 días: si no se descarga, se dará igualmente por notificada cumplido el mismo.
Periodo voluntario: la mitad de la multa
Si se abona la sanción en los siguientes 20 días naturales, podremos