Cada vez más populares, los patinetes eléctricos, encuadrados en la Ley de Tráfico en la categoría de Vehículos de Movilidad Personal, cuentan desde 2022 con una legislación específica que conviene conocer, tras unos años en los que se podía circular en patinete sin estar sometidos al cumplimiento de unas normas específicas. Es importante estar al tanto de esta ley, porque su incumplimiento puede dar lugar a sanciones con multas de tráfico importantes.
Sin embargo, conviene saber que al no estar catalogados como vehículos a motor, para circular con un patinete eléctrico no es necesario contar con ningún tipo de permiso o carné ni superar ningún examen. Por ello, en caso de cometer una infracción circulando en patinete que conlleve aparejada una multa, no se perderán puntos del permiso de conducir.
Por otro lado, la DGT ha elaborado el Manual de Características Técnicas que deben cumplir los patinetes para ser aptos para circular, que se recogen en este documento publicado en el BOE.
Si bien es cierto que todavía existen diferencias en la regulación de la circulación de este tipo de vehículos según los Ayuntamientos, hay una serie de normas comunes para todos los usuarios de patinetes eléctricos que recoge la Ley de Tráfico que entró en vigor en marzo de 2022. Son las siguientes:
1.- Obligatorio utilizar casco
La Ley de Tráfico establece la obligación a los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) de utilizar un casco de protección. Insistimos, es una medida obligatoria. Y no sirve un casco cualquiera, ha de ser un casco homologado para este uso.
La sanción por circular en patinete eléctrico sin utilizar casco es de 200 euros.
2.- Prohibido circular por las aceras
Los patinetes eléctricos tienen totalmente prohibida la circulación por las aceras, así como por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. La ordenanza municipal en cada caso establecerá las vías autorizadas para circular con patinetes eléctricos.
Los propios Ayuntamientos pueden establecer la cuantía de la sanción por circular con un patinete eléctrico fuera de los carriles habilitados, que se establece en 200 euros.
3.- Prohibido llevar pasajeros en un patinete eléctrico
Los patinetes eléctricos son para uso individual, por lo que solo pueden transportar una persona. La sanción establecida por circular en patinete eléctrico transportando a un pasajero conlleva una multa de 100 euros.
4.- Consumo de alcohol: ¡hasta 1.000 euros de multa!
El consumo de alcohol y drogas también está contemplado en la legislación. El usuario de un patinete eléctrico no puede negarse a realizar la prueba correspondiente si las autoridades lo requieren. Para los menores de edad, la tasa de alcohol es cero. En el caso de los mayores de 18 años se aplica una normativa similar a la que está vigente para los conductores de vehículos a motor: límite de 0,15 mg/litro de alcohol en aire aspirado para conductores noveles (que hayan obtenido el carnet de conducir en los dos últimos años), y de 0,25 mg/litro para el resto.
Si se da positivo en alcohol o drogas, las autoridades inmovilizarán el patinete. La cuantía de la multa por conducir un patinete eléctrico superando la tasa de alcoholemia oscila entre 500 o 1.000 euros, y es de 1.000 euros en el caso de dar positivo por drogas.
5.- En patinete, ni móvil ni auriculares
Conduciendo un patinete tampoco se pueden llevar auriculares puestos ni hacer uso de un teléfono móvil o cualquier otro dispositivo. La multa por utilizar el móvil circulando con un patinete es de 200 euros. La sanción por llevar auriculares conectados a dispositivos de sonido es del mismo importe.
6.- Velocidad máxima limitada a 25 km/h
El Reglamento General de Vehículos establece que los patinetes eléctricos deben tener su velocidad máxima limitada a 25 km/h. Además de esta limitación, las ordenanzas municipales establecen en cada caso la velocidad máxima a la que se puede conducir un patinete en función del tipo de vía.
7.- Por la noche, luces o prendas reflectantes
A la hora de circular por la noche, se considera conducción negligente no utilizar prendas reflectantes o luces en el patinete, lo que puede acarrear una sanción con la correspondiente multa, que asciende a 200 euros.
Seguro para patinetes: ¿es obligatorio?
Por otro lado, también conviene saber que, aunque por el momento la ley no exige a los usuarios de patinetes eléctricos tener contratado un seguro de responsabilidad civil, ya existen ayuntamientos que están empezando a exigirlo desde el 1 de enero de 2023, como es el caso de Palencia, Pozuelo de Alarcón, Córdoba, Mahón o Benidorm.
¿A qué edad se puede conducir un patinete?
En cuanto a la edad mínima para conducir un patinete, varía según las distintas ordenanzas municipales, que también regulan por dónde se puede circular en cada caso. Conviene consultar la normativa que corresponda a tu municipio. Por ejemplo, en Barcelona, Valencia o Bilbao la edad mínima es de 16 años, mientras que en Madrid, Sevilla o La Coruña, la edad mínima de conducción es de 15 años.
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