«Un tío mío, que perdió una pierna, siempre iba con su silla de ruedas por mitad de la carretera en el pueblo. Le echábamos la bronca por hacerlo, pero él decía que había leído que las sillas de ruedas sí que podían circular por la calzada». Nuestro redactor y director de Motorpasión Moto, Roberto Rodríguez, se ha acordado de esta anécdota.

¿Tenía razón su tío? ¿Realmente se puede ir en silla de ruedas por la carretera? Veamos qué dice la DGT y la normativa de tráfico. Porque en principio no es así, aunque hay excepciones. Sea como fuere, a estos usuarios, como a cualquiera de la vía pública, Tráfico igualmente les puede multar si no cumplen la norma.

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Siempre peatones

La clave la encontramos en cómo categoriza la DGT a los usuarios de sillas de ruedas. Y la norma es clara en este aspecto: una persona en silla de ruedas, ya sea motorizada o no, se considera a todos los efectos un peatón. Como también se consideran peatones aquellos que empujan vehículos de reducidas dimensiones: como el carrito de un bebé o, de nuevo, una silla de ruedas.

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