La consulta que nos llegaba estos días pretendía resolver una duda, al respecto de los sistemas de vigilancia de la Dirección General de Tráfico, que es más habitual de lo que nos imaginamos. Un coche camuflado está detenido en el arcén, en sentido contrario, ¿puede cazarme el radar? ¿podrían sancionarme por exceso de velocidad si pasé a su altura demasiado rápido? La DGT sigue incrementando sus medios de vigilancia, también los radares que identifican los excesos de velocidad. Ahora bien, ¿puede cazarme un radar de la DGT en sentido contrario?
Los radares sí pueden funcionar en sentido contrario
Técnicamente, los cinemómetros que emplea la DGT están preparados para identificar la velocidad a la que circula un vehículo que se aleja, pero también la velocidad de cualquier vehículo que se aproxima, en sentido contrario, hacia el propio radar. La cuestión que define si un radar puede detectar la velocidad de los vehículos que circulan en el carril en el que está colocado, o de los vehículos que se aproximan en sentido contrario, tiene más que ver con la orientación del cinemómetro y la cámara que capta al vehículo, la presencia de obstáculos, y la tipología del propio control de velocidad, así como otras cuestiones prácticas.
Los radares fijos y de tramo, instalados sobre pórticos, suelen captar a los vehículos cuando ya han superado el punto en el que se encuentra el radar, en el sentido de la marcha. Los radares en vehículos camuflados en movimiento identifican los excesos de velocidad de los automóviles que circulan en el mismo sentido de la marcha. Los radares móviles, en vehículos camuflados detenidos en el arcén, y los trípodes, pueden identificar excesos de velocidad en ambos sentidos, aunque habitualmente lo hagan en el sentido de la marcha del carril adyacente.
Los radares fijos colocados en sentido contrario
El procedimiento habitual