El Tribunal Supremo ha ratificado las multas impuestas a Renault, Citroën y Peugeot en España en 2015 por su participación en un cártel de intercambio de información confidencial, futura y estratégica.

La sentencia se basa en las tres sanciones impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), que asciende a un total de 48 millones de euros.
Siete años de mala praxis

La CNMC impuso ya en 2015 la sanción económica por haber intercambiado información estratégica con otros fabricantes e importadores de vehículos para beneficiarse de ello en áreas de posventa, marketing y de gestión empresarial desde febrero de 2006 hasta julio de 2013.

Hay más de 21 empresas implicadas. Según el comunicado presentado por el Tribunal Supremo, «determinados intercambios de información entre competidores pueden ser calificados como infracción por objeto y como cártel».

Así, Renault deberá pagar 18,2 millones de euros, Citroën 14,7 millones y Peugeot 15,7 millones de euros por haber llevado a cabo prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia, una conducta infractora muy grave.

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Lo cierto es que la constitución de cárteles es algo que ocurre con relativa frecuencia en España. A principios de 2020, la Audiencia Nacional confirmó sanciones a

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