Tan importante es utilizar correctamente las luces del coche como señalizar maniobras. Y en este aspecto, una de las dudas más habituales es la de la activación de las luces de emergencia o de avería, también conocidas como warning, cuando se frena bruscamente ante un atasco normalmente en autovía y autopista, pues se circula a elevada velocidad.
¿Se deben o no se deben activar? ¿Me pueden multar por ello? Veamos qué estipula la normativa en lo que toca a señalizar e indicar este supuesto.
En Motorpasión
La DGT quiere que llevemos un nuevo dispositivo más en los vehículos: obligatorio en 2022, pero no para todos los conductores
Qué dice la ley y qué la DGT
Según recoge el Reglamento General de Circulación en su Artículo 109, correspondiente a las advertencias ópticas, los conductores deben:
Advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, así como su propósito de inmovilizarlo o de frenar su marcha de modo considerable. Tales advertencias ópticas se efectuarán con antelación suficiente a la iniciación de la maniobra, y, si son luminosas, permanecerán en funcionamiento hasta que termine aquélla.
Además, en el apartado c) de dicho artículo, se estipula que:
La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha