Si bien las carreteras tienen establecidos unos límites de velocidad genérico, la DGT recuerda que no en todos los tramos se podrá circular al límite máximo de velocidad.

Así, la propia normativa rebaja el límite en ciertas situaciones para garantizar que tanto la conducción como una posible frenada se realicen en «en condiciones de comodidad y seguridad» y suele estar relacionado con una visibilidad más reducida, entre otros aspectos.

Por ello en ciertos tramos, por su tipología, se rebaja el límite y se indica mediante la señalización vertical. Pero además, por las condiciones de la vía, determinadas situaciones atmosféricas, la tipología de los vehículos que circulan o en puntos en los que suele haber retenciones, el límite también puede verse reducido en estas zonas.

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La DGT explica en qué situaciones se permite el adelantamiento aunque esté prohibido

Dónde podemos encontrar una velocidad inferior a la genérica

Estos límites específicos se relacionan con lo que se conoce como velocidad inadecuada, que la DGT define como una velocidad no adaptada a las condiciones de un tramo o vía, del tráfico, del vehículo o del propio conductor. Aunque, indican, generalmente una velocidad inadecuada suele ser por exceso de velocidad.

Según se recoge en la Instrucción Técnica 3.1-Ic de Trazado del Ministerio de

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