Hace poco os contábamos el caso de un conductor que, tras haber sido multado por saltarse un semáforo, se libró de la sanción alegando un tratamiento inadecuado de las imágenes que servían de prueba al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid. Hoy también tenemos que hablaros de un semáforo, y de un recurso que finalmente prosperó, pero por una razón bien diferente. Un conductor fue sancionado por saltarse un semáforo en Madrid, pero él se encontraba en Murcia, al menos así lo habría acreditado con las correspondientes facturas de su viaje. Entre Madrid y Murcia hay algo menos de 4 horas de distancia.
Aunque la Administración no aceptó sus recursos, los Tribunales rechazaron la multa por falta de pruebas que confirmasen la infracción. El conductor aportó pruebas que acreditarían que esos días estuvo en Murcia, y no en Madrid, donde fue sancionado.
La Administración no aceptó los recursos de este conductor, que aportó diferentes pruebas que acreditarían que en el momento de ser multado él, y su coche, se encontraban en Murcia. Pruebas como facturas del hotel y tickets del parking que utilizó. El Ayuntamiento de Madrid desestimó sus recursos por considerar que podría haberse tratado de un viaje relámpago. Que en efecto así podría haber sido. Y ante lo cual nos preguntamos, ¿qué tiempo máximo ha de pasar entre el ticket que justifica tu presencia en Murcia, y la multa, para que esta pueda tener validez?
Más allá del hecho de que el conductor y su coche estuvieran en el lugar en que se tramitó la sanción de 200 euros y 4 puntos de retirada del carné por saltarse un semáforo en rojo, los Tribunales a los que tuvo que acudir, tras desestimarse sus recursos, consideraron que la multa no ha lugar por falta de pruebas. El conductor habría sido sancionado por un agente,