Hace un montón de años, nos sorprendimos viendo pasar a un maniquí como acompañante de un conductor que quería utilizar el carril VAO de la A-6, pero no tenía con quién. Ahora ya no nos sorprende que otros conductores intenten eso mismo, en la misma autovía, pero no está de más comentar que estos trucos no cuelan. Menos, si hace un calor en la zona que hacen tremendamente sospechoso ver una muñeca vestida de azul pero que en vez de su camisita y su canesú lleva un forro polar, unas gafas y una gorra. En junio y en Madrid. ¡Genio!
Lógicamente a la Guardia Civil le faltaron manos para consignar la denuncia correspondiente, y el afortunado ganador del premio se enfrenta ahora a una sanción de 200 euros por meterse en el carril VAO de la A-6, por el que pueden circular motos, turismos y vehículos mixtos adaptables con un mínimo de dos ocupantes… pero que estén vivos.
Porque… ¿quién puede usar un carril VAO?
Ejemplo de usuario que no, no debería utilizar el carril VAO.
La ley especifica que un carril VAO (vehículos con alta ocupación) está reservado a «aquellos automóviles destinados exclusivamente al transporte de personas, cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos, que estén ocupados por el número de personas que para cada tramo de la red viaria se fije» por la Jefatura Central de Tráfico, o bien la autoridad autonómica o local responsable de la regulación del tráfico, según corresponda.
Por el artículo 35 del Reglamento General de Circulación, la utilización del carril VAO queda limitada a:
Motocicletas, turismos y vehículos mixtos adaptables, y está prohibida, por tanto, al resto de los vehículos y conjuntos de vehículos, incluidos los turismos con remolque, así como a peatones, ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal y