El próximo 29 de enero de 2019 se estrenan los nuevos límites de velocidad en las carreteras convencionales. La medida se ha materializado a través de la aprobación de la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación, y supone un recorte en la velocidad máxima que podrá tener afectar a un total de 1.642 km de carreteras de toda la geografía española.

Los nuevos límites de velocidad tienen la misión de reducir la siniestralidad en carreteras convencionales y dentro del plan de Seguridad Vial 2011 – 2020 para rebajar la tasa de fallecidos en accidente de tráfico de 2017 cifrada en 39 a 37 al final de este periodo.

¿Por qué en carreteras convencionales? Es el propio Real Decreto 1514/2018 el encargado de especificar por qué este tipo de carreteras son objeto de la reforma: en ellas ocurren un 75% de los accidentes mortales.

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¿Por qué se reduce la velocidad máxima permitida? La medida recurrente de reducir los límites de velocidad sigue siendo una pieza fundamental en el discurso de la DGT, pero no sin razón. La velocidad inadecuada es un elemento concurrente en el 20% de los accidentes con víctimas.

¿Cuáles serán las carreteras afectadas? De esta manera, los límites de velocidad genéricos en aquellas carreteras convencionales con un único carril por sentido y sin separación entre sentidos se homogeneizará a 90 km/h, suprimiendo la posibilidad de que en algunos tramos el límite pudiera aplicarse a 100 km/h.

¿Seguirá habiendo

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