Corren tiempos de bulos por la red, y los asuntos que tienen que ver con las multas de tráfico de la DGT son terreno abonado para que florezcan los avisos raros sobre supuestas «multas que vienen pronto, pásalo y que no te pillen desprevenido» y todas esas cosas que a veces llegan firmadas por «fuentes conocedoras del tema».

Me pregunta por WhatsApp un amigo que tengo en Madrid:

¿Qué hay de cierto de eso que he leido de soslayo sobre que van a multar con hasta 600 euros de multa conducir con el abrigo puesto (¿definicion de abrigo?) o con restos de hielo en el parabrisas (¿cantidad?, ¿un copo de nieve se considera hielo?) o por salpicar a un peatón?

Ni allí en Madrid con la DGT, ni aquí en Barcelona con el Servei Català de Trànsit, ni tampoco en Bilbao con el departamento de Tráfico del Gobierno Vasco. De hecho, mi respuesta ha sido simple y llana:

BULACO.

No es necesario darle muchas vueltas al asunto. Las cuantías de las sanciones de tráfico se estructuran en función de la gravedad de las infraccioens cometidas. Las infracciones pueden ser leves, graves o muy graves, y las cuantías son, respectivamente, de hasta 100 euros, de 200 euros o de 500 euros.

A las sanciones de 500 euros impuestas por vía administrativa sólo las superan las sanciones de 1.000 euros, que se prevén para casos de alcohol y otras drogas.

Así pues, patadón a córner ya de entrada. Sólo por la cuantía de 600 euros.

En Motorpasión

http://www.motorpasion.com/

Podcast también disponible en PocketCasts, SoundCloud, Spotify, Google Podcasts, Apple Podcasts, and RSS.

El podcast

Únete a Naomi Ellis mientras se adentra en las vidas extraordinarias que dieron forma a la historia. Su calidez y perspicacia convierten biografías complejas en historias identificables que inspiran y educan.

Acerca del podcast