Las sanciones impuestas por el Ayuntamiento de Madrid por incumplir el protocolo de contaminación desde su activación hasta la aprobación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible en octubre de 2018 podrán ser recurridas y anuladas. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tras la demanda interpuesta por Dvuelta y que el consistorio no ha recurrido en plazo.

Esta asociación especializada en recursos de multas denunció al ayuntamiento de la capital ante el TSJM alegando que las sanciones derivadas de las restricciones por episodios de alta contaminación se han venido aplicando incorrectamente al no estar publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), además de no estar señalizadas correctamente.

Según defiende Dvuelta, el gobierno madrileño aplicó las medidas y actuaciones derivadas en materia de sanciones del protocolo de contaminación, antes que de que se formalizase y publicase oficialmente, tal y como exige la Ley.

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La demanda interpuesta no ha sido recurrida por el Ayuntamiento, por lo que TSJM ha dado la razón a Dvuelta mediante una sentencia con fecha del 29 de mayo de 2019, lo que se traduce en la nulidad de miles de multas aplicadas durante casi tres años.

Dvuelta: «El Ayuntamiento siempre ha actuado mal»

Tal y como señala Dvuelta, la sentencia promulgada por el TSJM declara que «el Ayuntamiento debe proceder a publicar en el BOCM las medidas de restricción del tráfico antes de que éstas entren en vigor, cosa

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