Vamos a dejarlo muy claro desde el principio. Todo vehículo a motor que circule por la vía pública – ya sea un coche, un camión o un ciclomotor – debe estar asegurado en España. Deben tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor. Si no lo tienen, no pueden circular por la vía pública, ni estar estacionados en la misma. Las sanciones a las que se enfrenta un conductor que circula con su coche sin un seguro o con el seguro caducado son muy elevadas e incluyen la inmovilización del coche.
Circular con el seguro caducado es igual que circular sin seguro
Las sanciones a las que nos exponemos por circular con el seguro caducado son idénticas a las multas por circular sin seguro. A ojos de la ley, estamos incurriendo en la misma irregularidad administrativa. Es una infracción muy grave, recogida en el Real Decreto Legislativo 8/2004, en su segundo artículo. Esta infracción acarrea sanciones de entre 601 y 3.005 euros, según el tipo de vehículo en el que cometamos la infracción. En el caso de un turismo en circulación, la sanción asciende a 1.500 euros.
La sanción puede variar si el vehículo está circulando o detenido, o ha provocado un accidente.
Aunque no es obligatorio llevar el recibo del seguro en el coche, sí es necesario que esté asegurado. Cualquier agente puede comprobar de forma telemática, con solo nuestra matrícula, si el vehículo está asegurado, mediante una rápida consulta al FIVA (Fichero Informatizado de Vehículos Asegurados). Además, la DGT está en estos momentos expandiendo una red de cámaras automáticas de vigilancia, que serían capaces de detectar vehículos en circulación sin seguro y sancionarlos, con solo cotejar su matrícula con la base de datos FIVA.
La multa que recibiremos por estar circulando sin seguro es muy cuantiosa, pero no solo la